RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 024-2021-ONP/JF
Lima, 17 de marzo de 2021
VISTOS:
El Informe 07-2021-JF.DA/ONP del 16 de febrero de 2021 y el Memorándum Nº 394-2021-JF.DA/ONP del 05 de marzo de 2021 de la Unidad Funcional de la Defensoría del/la Asegurada/o; el Informe Nº 022-2021-DPE/ONP del 17 de febrero de 2021 de la Dirección de Prestaciones; el Informe Nº 084-2021-DPR/ONP del 17 de febrero de 2021 y el Informe Nº 0116-2021-DPR/ONP del 05 de marzo de 2021 de la Dirección de Producción; el Informe Nº 055-2021-OPG/ONP del 23 de febrero de 2021 y el Memorándum Nº 182-2021-OPG/ONP del 06 de marzo de 2021 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; y el Informe Nº 113-2021-OAJ/ONP del 03 de marzo de 2021 e Informe Nº 125- 2021-OAJ/ONP del 08 de marzo de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 354-2020-EF se aprueba el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, como instrumento normativo que reglamenta las normas legales que regulan el Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social (SNP), creado por el Decreto Ley Nº 19990, sus normas modificatorias y complementarias, cuya Primera Disposición Complementaria Final faculta a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a dictar las normas que resulten necesarias para la mejor aplicación del precitado Decreto Supremo, los lineamientos operativos para la incorporación de las personas en el SNP, así como las disposiciones para la aplicación de los procedimientos previstos en la referida norma;
Que, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, la Unidad Funcional de la Defensoría de/la del Asegurada/o, mediante Informe Nº 07-2021-JF.DA/ONP y Memorándum Nº 394-2021-JF.DA/ONP, sustenta la necesidad de que se formule un documento normativo que regule los lineamientos necesarios para su actuación; la Dirección de Prestaciones, mediante Informe Nº 022-2021-DPE/ ONP, sustenta la necesidad de contar con un documento normativo que establezca los lineamientos para regular la gestión y acceso a los servicios de asesoría y acompañamiento permanente para las/os aseguradas/os; la Dirección de Producción, mediante Informe Nº 084-2021-DPR/ONP e Informe Nº 0116-2021-DPR/ONP, sustenta la propuesta de documento normativo que regule la incorporación, desarrollo y conclusión de las personas en el SNP;
Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, mediante Informe Nº 055-2021-OPG/ONP y Memorándum Nº 182-2021-OPG/ONP, y la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 113-2021-OAJ/ONP e Informe Nº 125-2021-OAJ/ONP, opinan que resulta técnica y jurídicamente viable la aprobación de la propuesta de directiva propuesta, a la vez de derogar tres directivas;
Que, atendiendo a lo señalado en los informes técnico y jurídico, corresponde aprobar la Directiva sobre Aseguramiento en el Sistema Nacional de Pensiones, y derogar la Directiva Afiliación Facultativa al Sistema Nacional de Pensiones (DIR- 11/01), la Directiva Buzón de Sugerencias (DIR-DPE-03/01) y la Directiva Libro de Reclamaciones (DIR-09/01);
Que, la directiva que se está aprobando constituye una regulación de carácter general que contiene información relevante y de interés para los usuarios de los servicios que presta la ONP, en consecuencia, corresponde disponer su publicación en el diario oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la ONP, en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10, en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 354-2020-EF; y, en la Directiva Nº 001-2021-JF/ONP “Regulación de los Dispositivos Normativos en la Oficina de Normalización Previsional”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 018-2021-JEFATURA/ONP;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación
Apruébase la Directiva Nº 001-2021-ONP/JF, Directiva sobre el Aseguramiento en el Sistema Nacional de Pensiones, la que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2. Difusión
Publícase la Directiva aprobada en el artículo 1 en el diario oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial.
Artículo 3. Derogatoria
Deróganse los siguientes dispositivos normativos:
- La Directiva Afiliación Facultativa al Sistema Nacional de Pensiones (DIR-11/01).
- La Directiva Buzón de Sugerencias (DIR-DPE-03/01).
- La Directiva Libro de Reclamaciones (DIR-09/01);
Regístrese, comuníquese y publíquese.