Aprueban Guía para el Trato Adecuado a las Personas con Discapacidad [Resolución D000137-2023-CONADIS-PRE]

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Aprueban la Guía Nº D000001-2023-CONADIS-PRE, denominada “Guía para el Trato Adecuado a las Personas con Discapacidad”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° D000137-2023-CONADIS-PRE

Lima, 17 de noviembre del 2023

VISTOS:

El Memorando N° D000718-2023-CONADIS-DPDPD y el Informe N° D000019-2023-CONADIS-DPDPD-BRD de la Dirección de Promoción y Desarrollo de las Personas con Discapacidad; la Nota N° D000282-2023-CONADIS-DPI y el Informe N° D000060-2023-CONADIS-SDPD de la Dirección de Políticas e Investigaciones; el Informe N° D000054-2023-CONADIS-OPPM-LCM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota N° D000321-2023-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000449-2023-CONADIS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

[Lee también: Guía de atención a las personas con discapacidad en el acceso a la justicia]

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, los Estados Parte se comprometen a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. Para tal fin, deben adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la citada Convención;

Que, el artículo 12 de la citada Convención dispone que, los Estados Parte reafirman que las personas con discapacidad, tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y gozan de capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás, en todos los aspectos de la vida, adoptando para ello, las medidas pertinentes para proporcionar acceso al apoyo que puedan necesitar en su ejercicio;

[Lee también: Corte IDH: Cuadernillo de Jurisprudencia sobre niños, niñas y adolescentes]

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y sus modificatorias (en adelante LGPCD), establece que la persona con discapacidad tiene capacidad jurídica en todos los aspectos de su vida, en igualdad de condiciones que las demás, accediendo para ello a sistemas de apoyo y ajustes razonables que requieran para la toma de decisiones, en base a las disposiciones contenidas en el Código Civil sobre la materia;

Que, el artículo 63 de la LGPCD establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad. Está constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera;

[Continúa …] 

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