Beneficios Penitenciarios: Descarga y lee las 5 jurisprudencias claves

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Los beneficios penitenciarios podría resumirse como el bien que recibe el interno sentenciado y recluido en un establecimiento penitenciario, con la finalidad de corregirlo, esto es que los beneficios en si vendrían a ser acciones favorecedoras para los internos sentenciados y recluidos en los penales.

Hay que tener en cuenta además que el interno de un establecimiento penitenciario, no es una persona eliminada, excluida o separada de la sociedad, sino que por el contrario, sigue siendo parte de ella, tal es así que incluso la ley, no le impide el goce de los mismos derechos que el ciudadano en libertad, sino que sólo no podrá ejercerlo plenamente en algunos casos, cuando la misma ley le restringa o cuando la sentencia que lo condena, así lo señale. Tal como reza el articulo primero del Código de Ejecución Penal vigente.

[Lee también: ¿Concesión de beneficios penitenciarios es consecuencia necesaria del cumplimiento de requisitos legales? [Expediente 00347-2020-PHC/TC]

Además, cabe precisar que la ejecución de las penas en el Perú se encuentra regulada en el Código de Ejecución Penal- Decreto Legislativo 654, así como en el Reglamento de dicho Código, publicado mediante Decreto Supremo 015-2003- JUS, así como otros dispositivos legales.

📌Los beneficios penitenciarios no son derechos fundamentales [Exp. N.° 03489-2021-PHC/TC]: https://cutt.ly/i8AwYb2

📌Concesión de beneficios penitenciarios no es consecuencia necesaria del cumpliminto de los requisitos legales [Exp. N.° 00347-2020-PHC/TC, Arequipa]: https://cutt.ly/o8Aw2Dv

[Lee también: ¿Cómo debe entenderse el término “después de haber cumplido todo o en parte una pena”? [Casación 125-2021, Santa]

📌Corresponde revocar beneficios penitenciarios ante la comisión de un nuevo delito doloso [Exp. N.° 1084-2003-HC/TC]: https://cutt.ly/Q8AeqW5

📌Director de establecimiento penitenciario no puede arrogarse funciones jurisdiccionales en la concesión de beneficios penitenciarios [Exp. N.° 00919-2022-PHC/TC, Huancavelica]: https://cutt.ly/f8AetHz

📌El fin resocializador de la pena y los beneficios penitenciarios [Exp. N.° 04201-2019-PHC-TC/Ayacucho]: https://cutt.ly/v8Aef1v

*Lista de jurisprudencias destacadas por el abogado Raúl Pariona.

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