Cámara Gesell: Ante imposibilidad de reproducción del vídeo de entrevista única, ¿qué validez tiene el acta de transcripción? [Casación 1697-2021, Ucayali]

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE

Sumilla. Validez de la transcripción del acta de entrevista única en cámara Gesell
No se advierte el quebrantamiento de la presunción de inocencia al haberse utilizado como medio probatorio actuado en el contradictorio el acta de transcripción de la entrevista única en cámara Gesell practicada a la menor agraviada, pues el deterioro del DVD y la imposibilidad de visualización no pueden generar una nulidad de sentencia ni la actuación posterior de oficio de la testimonial de la menor agraviada, puesto que no se ha determinado que haya sido consecuencia de un acto negligente ni de mala fe por parte del Ministerio Público, quien fue la parte que la ofreció,

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y además porque se contó con la anuencia de las partes procesales para prescindir de la visualización de dicho documento y al declararse inadmisible la prueba de oficio de tal declaración también manifestaron su conformidad, por lo que se procedió con respeto a los principios del debido proceso, la preclusión y el derecho de defensa.

Lima, veintiuno de febrero de dos mil veintitrés.

VISTOS: en audiencia privada, el recurso de casación ordinaria —fojas 764 a 770—, por el motivo casacional previsto en el numeral 1 del artículo 429 del Código Procesal Penal (en lo sucesivo CPP), interpuesto por el sentenciado Junior Estalin Reátegui Villacrez contra la Resolución n.° 11, sentencia de vista emitida el dieciséis de abril de dos mil veintiuno por la Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, que confirmó la de primera instancia, en el extremo en el que lo condenó como autor de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales T. A. V. I., y le impuso la pena de cadena perpetua; con lo demás que contiene.

Intervino como ponente el señor juez supremo SEQUEIROS VARGAS.

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FUNDAMENTOS DE HECHO

Primero. Itinerario del proceso

1.1. Concluida la investigación preparatoria, el fiscal provincial del primer despacho de investigación de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Coronel Portillo formuló acusación fiscal contra JUNIOR ESTALIN REÁTEGUI VILLACREZ como autor por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales T. A. V. I.

1.2. Al finalizar la etapa intermedia, esto es, una vez efectuada la respectiva audiencia de control de acusación, el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Coronel Portillo, por Resolución n.° 9 del veintisiete de mayo de dos mil veinte, dictó el auto de enjuiciamiento contra el citado imputado y declaró la admisibilidad de determinados medios probatorios.

[Continúa…]

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