
Sentencia 346/2020
LIMA
BELIZARIO CAHUAZA GUERRA
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 23 días del mes de mayo de 2018, el Pleno del Tribunal Constitucional integrado por los señores magistrados Blume Fortini, Miranda Canales, Ramos Núñez, Sardón de Taboada, Ledesma Narváez, Espinosa-Saldaña Barrera y Ferrero Costa, pronuncia la siguiente sentencia, con los votos singulares de los magistrados Ledesma Narváez y Espinosa-Saldaña Barrera, que se agregan.
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ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Carlos Alfonso Lara Dávila, en representación de Marvin Carlo Cahuaza Briceño contra la resolución de fojas 198, de 12 de abril de 2017, expedida por la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus.
FUNDAMENTOS RELEVANTES
Petitorio
1. El objeto de la demanda es que se déclare nula la Resolución 9, de 19 de octubre de 2014, mediante la cual se condenó al favorecido a veinte años de a privativa de la libertad así como la de su confirmatoria, la Resolución 15, de 17 de junio del 2015, emitidas en el marco del proceso que se le siguió por la comisión del delito de actos contra el pudor en menor de edad (Expediente 00361- 2014-82-2208-JR-PE-04); en consecuencia, solicita que se emita una nueva sentencia.
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2. El demandante alega la vulneración del derecho fundamental al debido proceso, específicamente en su variante de motivación de las resoluciones judiciales.
Consideraciones preliminares
El derecho de defensa de los emplazados y la posibilidad de un pronunciamiento atendiendo al fondo del asunto
3. En este caso, los demandados no fueron emplazados. No obstante, este Tribunal opta por emitir un pronunciamiento de fondo sin necesidad de retrotraer el proceso y reconducirlo al momento del emplazamiento con la demanda, por las razones que a continuación se detallan.
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