
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitií una sentencia sobre sobre derecho al trabajo de personas con discapacidad , m+as conocido como el caso Guevara Díaz vs. Costa Rica. Esta es la primera en la materia y “abre una puerta” como antecedente para que las personas con discapacidad de Latinoamérica que reciben tratos discriminatorios puedan defenderse frente a las instituciones.
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El caso se remonta al año 2003, en el que Luis Fernando Guevara, fue despedido de su trabajo como misceláneo por el Ministerio de Hacienda por tener una discapacidad intelectual, aún cuando no interfirió con sus tareas durante los dos años que fue interino, ni durante los ocho años previos en los que ‘de forma gratuita’ limpiaba al tiempo que su madre trabajaba -también como miscelánea de esta institución-, contó su abogado Jorge Emilio Regidor.
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“La discapacidad de Luis Fernando no es ningún obstáculo para que él realice el trabajo (…) la oficialía mayor del Ministerio solicitó que lo nombraran en forma interina ya que él realizaba esas labores de forma óptima como cualquier otro misceláneo” aseguró su hermano, Jose Guevara, el pasado 24 de marzo en una audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).
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