Corte Suprema: Acuerdo plenario sobre prisión preventiva

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acuerdo plenario IUS

La Corte Suprema publicó este martes 17 de septiembre el XI Pleno Jurisdiccional llevado a cabo entre las salas penales permanentes, transitoria y especial cumpliendo lo estipulado en el artículo 116 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El acuerdo plenario publicado gira en torno a los temas de prisión preventiva, vigilancia electrónica, impedimento de salida, excepción de responsabilidad penal, reparación civil, delitos de trata de personas, delito de peculado y delitos de organización criminal.

En ese sentido, se realizó el debate entre magistrados analizando los temarios propuestos, para interpretar y concluir doctrinas legales, que sirvan para futuros casos penales.

A continuación, resumimos los puntos acordados en este pleno jurisdiccional:

Prisión preventiva: requisitos para imponerla

La prisión preventiva es un mecanismo procesal que permite asegurar la participación del procesado en las actuaciones procesales y la imposición de la pena.

Dicho mecanismo debe ser interpuesto con las garantías constitucionales y legales.

Según este acuerdo plenario Número 01-2019/CIJ 116, para imponer la medida de prisión preventiva debe existir dos motivos: delito grave y peligrosismo procesal. Este último infiere a las presunciones de obstaculización o peligro de fuga, los cuales pueden ameritar una medida de coerción.

El acuerdo plenario remarca que la prisión preventiva debe dictarse como medida racional, siendo la última opción para solucionar el conflicto.

La medida de prisión preventiva solo debe ser dictada por el juez, quien deberá declarar de forma contundente la existencia de peligros latentes que ameritan una medida preventiva.

Presupuesto: Sospecha fuerte

Una de las presunciones esenciales para imponer una medida de coerción es la sospecha grave y fundada, la cual está definida en el artículo 268 del Código Procesal Penal.

El término sospecha hace referencia a una técnica jurídica de percepción obtenida de datos inculpatorios durante el proceso investigativo del delito.

Plazo de la prisión preventiva

La duración de una prisión preventiva se establece tras el pedido del fiscal. Este requerimiento debe ser analizado minuciosamente de acuerdo a las características particulares de cada proceso.

La medida de coerción debe ser sustentada de forma convincente con las razones suficientes que justifiquen la decisión. De lo contrario, puede vulnerarse el derecho sin presenciar conductas obstruccionistas o de peligro.

Para dictar el plazo de una prisión preventiva se debe tomar en cuenta los siguientes requerimientos:

  • Dimensión y complejidad de la decisión
  • Gravedad y extensión del imputado
  • Dificultad y actos de investigación
  • Actuaciones en diligencia preliminares
  • Necesidad de actos de cooperación internacional
  • Actividades periciales complejas
  • Presencia o ausencia del procesado
  • Peligro de fuga u obstaculización

Los plazos máximos para una prisión preventiva deben responder a los principios de proporcionalidad y la garantía de presunción de inocencia. Si bien la ley no los consideró, se debe tomarlos en cuenta para interpretar de forma particular el plazo de cada caso.

Algo más

Los plenos jurisdiccionales son un gran aporte para el derecho. Sus acuerdos plenarios permiten que nuevos casos judiciales alcancen una debida decisión en temas específicos.

En ese sentido, las conclusiones sobre dichas figuras importantes dentro de un proceso penal son de gran ayuda para la comunidad jurídica.

El acuerdo plenario encabezado por la Corte Suprema arroja doctrinas o criterios sobre la prisión preventiva que en adelante deben ser cumplidos por los magistrados.

A continuación, te remitimos el link para descargar el acuerdo plenario completo:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/4648ac004b66895982828691cd134a09/XI-PLENO-JURISDICCIONAL-SPP-SPT-Y-SPE-01-2019-CIJ-116.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=4648ac004b66895982828691cd134a09&fbclid=IwAR27MO9vhPYYxO1oI9uhQgETQusoYt2fnapYPyxVxOoQYlXGeteVB5SgMeM