El sistema de tercios se podría aplicar incluso si no estuviese positivizado en el Código Penal [Expediente 01773-2022-PHC/TC]

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Sentencia 105/2023
CUSCO 
SANDRO NÉSTOR VILLANUEVA 
GUTIÉRREZ

RAZÓN DE RELATORÍA 

La sentencia emitida en el Expediente 01773-2022-PHC/TC es aquella que resuelve: 

1. Declarar IMPROCEDENTE la demanda de habeas corpus de autos en el extremo que se cuestiona la valoración de medios probatorios penales, entre otros, referidos en el fundamento 4 de la presente ponencia.

2. Declarar INFUNDADA la demanda en el extremo que se cuestiona el principio de legalidad penal, referido en el fundamento 6 de la presente ponencia.

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Dicha resolución está conformada por el voto conjunto de los magistrados Morales Saravia y Domínguez Haro y el voto del magistrado Ochoa Cardich, quien fue convocado para dirimir la discordia suscitada en autos. 

Se deja constancia de que los magistrados concuerdan con el sentido del fallo y que la resolución alcanza los tres votos conformes, tal como lo prevé el artículo 11, primer párrafo, del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional en concordancia con el artículo 5, cuarto párrafo, de su Ley Orgánica. Asimismo, se acompaña el voto singular emitido por el magistrado Gutiérrez Ticse. 

La secretaria de la Sala Segunda hace constar fehacientemente que la presente razón encabeza los votos antes referidos, y que los magistrados intervinientes firman digitalmente al pie de ella en señal de conformidad.

[Continúa…]

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