Indecopi sanciona en primer instancia por su producto “Soy Vida”. Más detalles aquí.
La empresa Gloria fue multada en primera instancia por la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi por consignar en la etiqueta de su producto “Soy Vida” de 150gr y 400 gr la denominación “leche de soya evaporada” y en la de 1 litro “leche de soya UHT”, induciendo al error a los consumidores.
[Lee también: Indecopi sancionó a Nestlé porque cubitos de caldo de carne Maggi no tienen carne (Publicidad Engañosa)]
Tras recibir la denuncia de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), la Comisión realizó una evaluación del caso y determinó que la empresa Gloria habría infringido el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por lo que le impuso una multa total de 124,95 UIT, es decir, 618 mil 502.5 soles.
Al respecto, el artículo 32 del Código señala que los alimentos deben llevar en su etiquetado de manera destacada la denominación que refleje su verdadera naturaleza, sin generar confusión ni engaño al consumidor.
[Lee también: Indecopi: Modifican directiva del régimen de notificación de actos administrativos [DIRECTIVA N° 001-2022/TRI-INDECOPI]
La resolución es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace: Resolución Indecopi Gloria
La empresa Gloria se encuentra en el plazo para apelar dicho pronunciamiento ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.
[También te puede interesar: Indecopi: Modifican directiva del régimen de notificación de actos administrativos [DIRECTIVA N° 001-2022/TRI-INDECOPI]