DECRETO LEGISLATIVO Nº 1545
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
Que, mediante Ley N° 31696, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reactivación económica y modernización de la gestión del Estado, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo, la facultad de legislar por el plazo de 90 días calendario;
Que, en ese sentido, el literal a. del inciso 2.1.3 del numeral 2.1 del artículo 2 del citado dispositivo legal establece que el Poder Ejecutivo está facultado para legislar en materia tributaria a fin de modificar el primer párrafo del artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo 179-2004-EF, sobre rentas por intereses presuntos;
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De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las facultades delegadas de acuerdo el literal a. del inciso 2.1.3 del numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31696;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
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DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA
Artículo 1.- Objeto
El Decreto Legislativo tiene por objeto modificar el primer párrafo del artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sobre rentas por intereses presuntos.
Artículo 2.- Definición
Para efecto del presente Decreto Legislativo se entiende por Ley del Impuesto a la Renta al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF.
[Continúa…]
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