Plantean restablecer aplicación de intereses moratorios pese a que TC lo denegó

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La presente ley busca restituir los efectos del artículo 33 del Código Tributario. Más detalles aquí.

PROYECTO DE LEY

LEY QUE COMBATE LA EVASIÓN FISCAL Y RESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA APLICACIÓN DE LOS INTERESES MORATORIOS

Artículo único.- Restablecimiento de la aplicación de los intereses moratorios

Los intereses moratorios son de obligatoria aplicación. No aplica ningún tipo de prohibición o suspensión para aplicarlos, salvo los supuestos establecidos de manera expresa por ley en el artículo 33 del Código Tributario.

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Se considera que el juez o magistrado ha incurrido en el delito de prevaricato si ha ejercido control difuso sobre el artículo 33 del Código Tributario, por atentar contra lo que establece expresamente la presente ley.

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DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA. Ámbito de aplicación

La presente ley es de aplicación inmediata y restituye plenamente los efectos del artículo 33 del Código Tributario. En caso se haya interrumpido el cálculo de los intereses moratorios durante el año 2023 por cualquier motivo no contemplado en el Código Tributario, debe recalcularse.

[Continúa…]

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File name : Proyecto-de-Ley-4517_2022-CR.pdf