
Norma busca promover la inclusión financiera. Más detalles aquí.
Con la finalidad de incorporar lineamientos acordes con las prácticas actuales de mercado y de la experiencia obtenida en su labor de supervisión, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó, mediante Resolución N° 02368-2023, la modificación del reglamento para la evaluación y clasificación del deudor, y la exigencia de provisiones dirigido a mejorar el tratamiento prudencial de los créditos y promover la inclusión financiera.
[Lee también: SBS fija medidas para transferencia de activos al Fondo de Seguro de Depósitos]
La norma, publicada hoy en el Diario Oficial, modifica el criterio para tipificar a un deudor como mediana empresa. La norma actualmente vigente, emitida en 2008, establece como umbral para definir a una mediana empresa, que acredite una deuda igual o mayor a S/ 300 mil. La modificación cambia el criterio de monto de deuda a ventas anuales, estableciendo un umbral de ventas anuales igual o mayor a S/ 5 millones.
[Lee también: SBS modifica reglamento de operaciones con dinero electrónico]
El objetivo de esta modificación es actualizar la definición de mediana empresa en línea con el crecimiento del país en los últimos 15 años y evitar que empresas pequeñas, que son gestionadas de una manera diferente, pasen a formar parte de la mediana empresa únicamente por tener mayor monto de deuda.
[También te puede interesar: SBS: actualizan capital social mínimo de empresas supervisadas (octubre – diciembre 2022) [Circular G-217-2022]