SBS modifica reglamento para la evaluación y clasificación del deudor

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Norma busca promover la inclusión financiera. Más detalles aquí.

Con la finalidad de incorporar lineamientos acordes con las prácticas actuales de mercado y de la experiencia obtenida en su labor de supervisión, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó, mediante Resolución N° 02368-2023, la modificación del reglamento para la evaluación y clasificación del deudor, y la exigencia de provisiones dirigido a mejorar el tratamiento prudencial de los créditos y promover la inclusión financiera.

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La norma, publicada hoy en el Diario Oficial, modifica el criterio para tipificar a un deudor como mediana empresa. La norma actualmente vigente, emitida en 2008, establece como umbral para definir a una mediana empresa, que acredite una deuda igual o mayor a S/ 300 mil. La modificación cambia el criterio de monto de deuda a ventas anuales, estableciendo un umbral de ventas anuales igual o mayor a S/ 5 millones.

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El objetivo de esta modificación es actualizar la definición de mediana empresa en línea con el crecimiento del país en los últimos 15 años y evitar que empresas pequeñas, que son gestionadas de una manera diferente, pasen a formar parte de la mediana empresa únicamente por tener mayor monto de deuda.

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